MONITOREO
Monitoreo de Nivel Sonoro
El monitoreo de ruido nos permitirá estimar el nivel de riesgo al que las personas están expuestas en los ambientes laborales según la presión sonora del mismo, con la finalidad de:
- Determinar si el nivel de presión sonora supera los valores mínimos permisibles establecidos por la normativa de seguridad e higiene ocupacional vigente.
- Seleccionar el equipo de protección auditiva adecuado.
- Establecer un programa de control de salud ocupacional para la población expuesta al riesgo.
- Determinar el método de control adecuado para eliminar el riesgo o mitigarlo a niveles tolerables.
- Definir la necesidad de practicar audiometrías para la población realmente expuesta al riesgo.
Monitoreo de Nivel de Iluminación
El monitoreo nos permitirá determinar si la luminosidad se encuentra en los valores sugeridos por la normativa de prevención de riesgo disergonomico vigente con la finalidad de:
- Seleccionar las luminarias adecuadas en caso de que no se cumpla con los niveles sugeridos por la norma.
- Establecer un programa de mantenimiento de luminarias y verificación de estado de conexiones eléctricas.
- Ahorrar energía en aquellos casos en que se supere exageradamente el nivel de iluminancia recomendado.
Monitoreo de estrés térmico
El monitoreo nos permitirá determinar la temperatura a la cual se expone el trabajador y si este se encuentra en los valores sugeridos por la normativa de prevención de riesgo disergonomico vigente.
Monitoreo de Polvo
El monitoreo nos permite evaluar si la concentración de partículas respirables producidas en las áreas de trabajo, excede el nivel límite permisible para la salud.
Monitoreo de Vibraciones
El monitoreo nos permitirá conocer el nivel de vibración mano-brazo o cuerpo entero para compararlo con los limites establecidos en la norma de riesgo disergonómico.
NORMATIVIDAD
Generales
- Reglamento de Salud y seguridad en el Trabajo - RM 050-2013-TR.
- Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (Ley 29783)
- Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (DS 005-2012-TR)
- Protocoles de Exámenes Médicos Ocupacionales (RM 312-2011-MINSA)
- Norma de Ergonomía y Evaluación de Riesgo Disergonómico (RM 375-2008-TR)
- Lista de Agentes que generan riesgos para la salud de las Mujeres Gestantes (RM 374-2008-TR)
- Reglamento Nacional de Edificación, Requisitos de Seguridad (Norma A.130)
- Reglamento sobre Valores Límites Permisibles para Agentes Químicos en el Ambiente de Trabajo (DS 015-2005-SA)
Específicas
- Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional Minera (DS 055-2010-EM)
- Norma Técnica de Edificación, Seguridad durante la Construcción (Norma G.050)
- Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo en Actividades Eléctricas (RM 161-2007-MEM)
- Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos (DS 043-2007-EM)
- Reglamento de Seguridad para Instalación y Transporte de Gas LP (DS 27-94-EM)
- Reglamento de Seguridad y Salud de Estibadores Terrestres y Transportistas Manuales (DS 055-2009-TR)
- Reglamento de Seguridad Radiológica (DS 009-97-EM)
- Ley que regula el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos (Ley No.28256)
INFRACCIONES
Infracciones graves, entre otras
- No llevar a cabo las evaluaciones de riesgos y los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de las actividades de los trabajadores o no realizar aquellas actividades de prevención que sean necesarias según los resultados de las evaluaciones.
- El incumplimiento de las obligaciones de implementar y mantener actualizados los registros o disponer de la documentación que exigen las disposiciones relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo.
- El incumplimiento de la obligación de planificar la acción preventiva de riesgos para la seguridad y salud en el trabajo, así como el incumplimiento de la obligación de elaborar un Plan o Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- No cumplir con las obligaciones en materia de formación e información suficiente y adecuada a los trabajadores y las trabajadoras acerca de los riesgos del puesto de trabajo y sobre las medidas preventivas aplicables.
- No constituir o no designar a uno o varios trabajadores para participar como supervisor o miembro del Comité de Seguridad y Salud, así como no proporcionarles formación y capacitación adecuada.
- El incumplimiento de las obligaciones relativas a la realización de Auditorías del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Infracciones muy graves, entre Otras
- No implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo o no tener un Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Sanciones
TIPS SESMA
Salud en la Oficina
Tips Ergonómicos en la oficina:
- Contar con una silla regulable para tu altura y para mantener una posición correcta.
- Contar con el espacio suficiente para permitir la movilidad de tus brazos.
- No excedas el tiempo de ingreso de datos en la computadora por mas de 5 horas.
- PRACTICA 10 minutos de descanso por cada 50 minutos de trabajo.
- Tu silla debe contar con 5 ruedas de soporte.
- Tu respaldo debe ser regulable.
- Las pantallas deben contar con protección contra reflejos.
- El borde superior de la pantalla deberá coincidir a la altura de tus ojos.
- El teclado debe ser desmontable y ajustable, para permitir una postura neutra de la mano y el antebrazo, esto se logra usando un apoyo para la muñeca.
- Debe evitarse la presencia de fuentes de luz brillante en el campo periférico de la pantalla de la computadora.
- Se debe evitar los reflejos en la pantalla. Para evitar reflejos en la pantalla se recomienda el ajuste de las cortinas de la ventana.
- Los codos deben permanecer cerca del cuerpo o apoyados.
- Los pies no deben colgar, sino que siempre deben estar apoyados.